Premios
Dentro de lo que significa una Asociación como la nuestra, cuya finalidad no es otra que la de promover el trabajo y la formación en Psicopatología y Psicología Clínica, parece necesario establecer cauces para que quienes más se esfuerzan en ello obtengan además un reconocimiento por el trabajo bien hecho. En este sentido, la Junta Directiva acordó unánimemente en su Reunión del 18 de Enero de 1999 a propuesta de la Presidenta iniciar un proceso de concesión de ayudas y premios para los socios de la AEPCP.
En concreto, y como una primera fase, se pensó establecer una convocatoria anual para la concesión de:
- Premio de la AEPCP al mejor programa de intervención, prevención o promoción de la salud llevado a cabo en los servicios públicos.
- Ayuda para proyectos de investigación
En un futuro cercano, pensamos que sería bueno establecer además ayudas para el desarrollo de programas de intervención en salud pública, premios a Tesis Doctorales, a trabajos de investigación publicados, etc., dependiendo todo ello de nuestra capacidad económica y del número de trabajos y ayudas que se soliciten. En cualquier caso y, como siempre, vuestra opinión al respecto es lo que cuenta y esperamos recibir sugerencias sobre otros posibles ámbitos en los que desarrollar este tipo de actividad.
A esa convocatoria anual podrán acceder todos los socios en activo de la AEPCP. En el punto siguiente encontraréis las bases para estos premios, que fueron aprobadas unánimemente en la Asamblea General de la AEPCP que se celebró el 26 de Marzo de 1999, en el seno del Congreso en Murcia
Bases de la convocatoria
La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PSICOLOGÍA CLÍNICA Y PSICOPATOLOGÍA con el fin de fomentar la investigación y la divulgación de conocimientos en el ámbito de la Psicología Clínica y de la Salud, convoca una Ayuda Anual a la Investigación conducente a la realización de proyectos de investigación. La ayuda está dirigida a investigadores a título individual, o a grupos de investigadores.
Para optar a la ayuda, los interesados deberán cumplimentar la siguiente documentación:
§ Las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través de la dirección de correo electrónico de la AEPCP. En la web de AEPCP (www.aepcp.net) pueden descargar los modelos de documentación que se remitirá cumplimentada a la siguiente dirección de correo electrónico: aepcp@aepcp.net. El plazo para formalizar la solicitud por correo electrónico finaliza a las 20:00 horas del día 31 de diciembre. Serán rechazadas todas aquellas solicitudes que no estén debidamente cumplimentadas, no aporten toda la información requerida, no se adecuen a las bases de esta convocatoria y/o no se entreguen en el plazo señalado.
§ Podrán optar a la Ayuda de Investigación los socios de AEPCP, ya sea a título individual o colectivo. En el segundo caso (grupo de investigación solicitante), tanto el investigador responsable como al menos el 50% de los miembros del grupo, deberán ser socios de AEPCP y encontrarse al corriente de sus cuotas en el momento de la solicitud.
§ Un socio o un grupo podrá solicitar únicamente una ayuda por convocatoria.
§ La adjudicación de esta ayuda corresponde a la Junta Directiva de AEPCP, a propuesta del Comité Científico y de Investigación nombrado por la misma. El resultado final se hará público el día 31 de enero del siguiente año en los órganos de expresión de AEPCP.
§ Todos los solicitantes recibirán el resultado de la evaluación de su proyecto presentado en la dirección de correo-e que hayan establecido para ello en el formulario de solicitud.
§ Una vez recibida la notificación de concesión de la ayuda, el investigador responsable deberá firmar su aceptación en el plazo de 15 días naturales posteriores a dicha notificación. La duración de la ayuda será de un año natural desde la fecha de su aceptación.
§ La dotación económica de las ayudas será de 2000 €.
§ AEPCP abonará la Ayuda a la Investigación en dos pagos: el 75% del importe total se abonará al inicio del proyecto y el resto al presentar la memoria final del mismo.
§ El receptor de la ayuda, deberá presentar en la fecha de su finalización, una memoria que contemple la totalidad del trabajo, con los resultados obtenidos y que se remitirá a la siguiente dirección de correo-e: aepcp@aepcp.net . Si en la fecha de terminación del proyecto está pendiente de entrega la memoria final en la Secretaría de AEPCP, el Comité Científico enviará una carta al investigador principal solicitándole dicha memoria. En el caso de que en el plazo de 3 meses no se haya recibido esa memoria, se le enviará otra carta, que conllevará la penalización del 25% que se debería entregar al finalizar el proyecto. Si pasados otros 3 meses siguiera sin obtenerse respuesta, el investigador principal deberá devolver el importe total de la beca y será sancionado con la inhabilitación para participar en la convocatoria de nuevas ayudas AEPCP durante un periodo de 2 años. En el caso de que no se devolvieran los fondos entregados la inhabilitación será a perpetuidad, lo que se hará público en los órganos de expresión de AEPCP.
§ En todas las publicaciones en revistas y en las comunicaciones a congresos que se deriven del proyecto financiado deberá constar, obligatoriamente, el patrocinio de AEPCP. Este aspecto se valorará positivamente en ulteriores convocatorias. El resumen de la memoria de resultados del proyecto financiado se publicará en los órganos de difusión de la Asociación, para lo cual el investigador responsable deberá atenerse a las normas de publicación establecidas en dichos órganos.
§ Ningún miembro del Comité Científico y de Investigación de AEPCP podrá concurrir a las convocatorias de Ayudas a la Investigación, mientras forme parte del mismo.